Sociedades por acciones simplificadas en las pequeñas y medianas empresas en Cuenca
DOI:
https://doi.org/10.26871/killkana_social.v10i2.1725Palabras clave:
Sociedad por acciones simplificadas (SAS), relevancia social, innovación productiva, prevención de riesgos sistemáticos, control y cumplimientoResumen
La Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación, vigente desde el 28 de febrero de 2020, reformuló la concepción tradicionalista que reconocía cinco tipos de compañías. Las sociedades de acciones simplificadas promueven la producción nacional a pequeña y mediana escala con reglas modernas y flexibles que facilitan el proceso legal y disminuyen barreras económicas y administrativas. Simplifican trámites con la posibilidad de creación en línea sin escritura pública y sin un capital mínimo; adaptan la estructura de gobierno corporativo a las necesidades del emprendimiento, incrementan inversionistas por transmisión directa de acciones y permiten contar con un único socio; como opciones disponibles. Las exenciones de impuestos en el orden tributario no limitan los financiamientos bancarios, sino que los optimizan, facilitan el crecimiento institucional y las operaciones se perfeccionan presentando una imagen seria y confiable ante clientes, proveedores y entidades públicas. En Cuenca, el uso estratégico de las SAS impulsa el crecimiento del ecosistema productivo en áreas creativas, tecnológicas, turísticas y comerciales. Además, fortalece a emprendedores con recursos limitados, integrándolos al sector formal y generando acceso a créditos y programas públicos. La efectividad empresarial se ve disminuida por la falta de supervisión de entidades de control, el abuso de poderosos grupos económicos, la debilidad en la protección de socios minoritarios y la desconfianza institucional. Además, la cultura empresarial reducida para cumplir obligaciones legales y tributarias también contribuye a esta situación que se acentúa con la preocupación determinada de su uso, en el encubrimiento de flujos económicos ilegítimos.
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