Revista Killkana Sociales Vol. 7, No. 2, mayo-agosto, 2022
Ética y justicia por la Pachamama: a
propósito de
Derechos de la naturaleza
,
de Eduardo Gudynas
Ethics and justice for the Pachamama: about
Rights
of Nature
, by Eduardo Gudynas
La preocupación por los derechos de la Naturaleza ha demandado el interés de la
comunidad cientíca, y ha demarcado la discusión política en los países con alta concentración
de biodiversidad, especialmente el caso de los que comparten la cuenca amazónica, pues esta
zona se congura como el principal núcleo de análisis en lo que concierne a la percepción
sobre la vida en todas sus dimensiones. El caso de América Latina resulta emblemático no
solo por la concentración de patrimonio ambiental, sino por la lucha de los grupos y pueblos,
así como de la construcción o replanteamiento de los marcos legales, en los que Ecuador y
Bolivia entran a participar, al disponer la transversalidad de los principios de Buen Vivir o Vivir
Bien en el marco constitucional.
Desde esta consideración, son múltiples los estudios que han demarcado la
preocupación por la pragmática antropocéntrica y la necesidad de trascender a la perspectiva
biocéntrica; por ende, uno de los trabajos con mayor altura en esta jación es Derechos de
la Naturaleza. Ética biocéntrica y políticas ambientales, del pensador ambientalista uruguayo
Eduardo Gudynas, publicado en 2016 por el sello ecuatoriano Ediciones Abya-Yala.
Sus aportes están divididos en 13 capítulos concatenados secuencialmente por
6 tópicos conceptuales, dispuestos dicotómicamente: valores intrínsecos-extrínsecos,
antropocentrismo-biocentrismo, Naturaleza- Pachamama, compensación-reparación,
justicias ambiental- justicia ecológica, ciudadanía- meta-ciudadanía ecológica, además del
paralelismo entre las constituciones de Ecuador y Bolivia; todos bordeados por las realidades y
contextos que soportan los fundamentos para una gruesa y generosa construcción cientíca.
En el primer capítulo, «Los valores y la Naturaleza» se abre la directriz que rodeará
gran parte de la discusión a lo largo del libro, cuáles son los criterios para determinar los
valores de la Naturaleza y, más en la esencia, si en realidad esta cuenta con valores, si le son
propios o le son asignados por las entidades humanas.
Alvarez - Galeano Manuel Felipe¹
,
²
,
*
1 Universidad Nacional de Córdoba
2 https://orcid.org/0000-0002-9911-2496
* galeanopippo@gmail.com
DOI: https://doi.org/10.26871/killkanasocial.v7i2.1036
Artículo Editorial. Revista Killkana Sociales.Vol. 7, No. 2, pp. 1 - 6 , mayo-agosto, 2023.
p-ISSN 2528-8008 / e-ISSN 2588-087X. Universidad Católica de Cuenca
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Revista Killkana Sociales Vol. 7, No. 2, mayo-agosto, 2022
Comienza precisando un panorama de la vulnerabilidad a la que están sometidos
los países megadiversos —sobre todo de la Amazonía—, en que enumera aspectos como la
expansión agropecuaria, la reducción de glaciares, las afectaciones a los ciclos de lluvia, los
impactos del mercurio, el extractivismo y el fenómeno de las especies en peligro, reconociendo
que Brasil, Perú, Argentina, Colombia, Ecuador, Venezuela y Chile están entre los 30 países de
todo el globo con más deterioro ambiental (Gudynas, 2016).
Desde la dinámica extractiva, el autor alienta un plano de argumentación que no es
para nada descartable en la realidad latinoamericana de las últimas décadas, precisamente
por la presión del mercado mundial que presta interés directo en los «recursos» de la región:
«La base productiva, y en especial el grueso de las exportaciones continentales siguen
dependiendo en extraer recursos naturales […] la huella ambiental de América Latina ha
aumentado un 133 % desde 1961» (Gudynas, 2016, p. 17).
En lo concerniente a la dinámica del antropocentrismo, este capítulo ofrece una
aseveración medular sobre el desconocimiento de otras posibilidades o dimensiones para
pensar la Naturaleza más allá de lo humano, pues es claro que los índices de pobreza marcan
una justicación para sortear, so pena de los efectos ambientales, las necesidades en materia
social, puestas inexcusablemente como una prioridad, a veces única. Sin embargo, termina
abriendo campo, según explica el autor, a las voraces exigencias del consumismo desde una
determinación utilitarista y, por ende, mercantilista.
Pormenoriza sobre los antecedentes de la construcción de una ética de la naturaleza,
a través de fechas claves: 1972, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio
Ambiente, en Estocolmo, en que se plantea una agenda de conservación, pero no cierne
todavía una elaboración sobre la ética. En 1980, la Estrategia Mundial de la Conservación
incluye iniciativas que reconocen los bienes comunes y levantan plataformas de protección,
además de la iniciativa «Nuestro futuro común», de 1987, en que se teje la concepción directa
del «desarrollo sostenible», pero sin una discusión completa sobre lo ético, como tampoco lo
harían el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Programa de las Naciones Unidas para
el Desarrollo (PNUD), en sus cumbres de 1990 (Gudynas, 2016).
El autor continúa detallando las iniciativas posteriores, como el caso del proyecto
«Cuidar la Tierra», en 1990, preludio de Eco’92 de Río de Janeiro, en que se dan precisiones
más denidas sobre la oposición al antropocentrismo utilitarista (Gudynas, 2016), además
del «Maniesto por la vida», del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente
(PNUMA) y el Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe, en el 2000,
que no profundiza sobre los valores intrínsecos de la Naturaleza, sino en los valores humanos,
aunque con avances signicativos en materia de atención al medioambiente, máxime si se
está hablando de un escenario de devastación (Gudynas, 2016).
La sección «Valores en la Naturaleza» discrimina, inicialmente, para aumentar
a la discusión, los conceptos de ética, como un conjunto de valoraciones otorgadas por
el hombre en la Naturaleza; la moral, que abunda en lo correcto, lo incorrecto, a través de
un conjunto de códigos, y valor, pensado desde un sujeto u objeto de valor en su forma de
expresión (Gudynas, 2016).
Dichas valoraciones, si se piensan desde la jación extrínseca, son incluidas por
el criterio humano y mantiene la visión antropocéntrica: valores estéticos, históricos y
culturales, así como los valores intrínsecos: «Expresan una creencia, naturaleza o cualidad
que son propias e inherentes a un objeto, ser vivo o ambiente, y por lo tanto independientes
de los valores otorgados por los seres humanos» (Gudynas, 2016, p. 47); es decir, la Naturaleza
tiene valores que son independientes del criterio humano. Esta categoría, defendida con
ahínco por el autor a lo largo de sus trabajos como la más acertada y asertiva, es la estrategia
de romper con el utilitarismo antropocéntrico, al menos en el plano discursivo.
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Ética y justicia por la Pachamama: a propósito de Derechos de la naturaleza,
de Eduardo Gudynas
Revista Killkana Sociales Vol. 7, No. 2, mayo-agosto, 2022
En este orden, este capítulo se dirige a reconstruir un discernimiento de los conceptos
de ecocentrismo y biocentrismo, en el escenario de su valoración instrínseca; el primero da un
paso inicial a la superación del utilitarismo, precisamente cuando hace una elipsis del carácter
instrumental con que la Naturaleza se ha percibido. El biocentrismo, como un tipo de evolución
o trascendencia del ecocentrismo, cerca la premisa de concebir la vida con su valor propio y
en todas sus dimensiones (Gudynas, 2016). En este sentido, Gudynas prosigue a comprender
que todas las especies vivas tienen un signicado idéntico dentro de la magna concepción
de la vida; por consiguiente, es preciso que sean protegidas (2016). De esta manera, una vez
logrado el reconocimiento, se impulsan compromisos legales, procedimentales y cientícos
en función de los derechos que se está buscando defender.
De manera subsiguiente, en el tercer capítulo, «Ambiente, derechos y
transformaciones sociales», el autor discierne tres generaciones para los derechos: los
de primera generación, los fundamentales; los de segunda generación, desde la cultura y la
economía, y los de tercera, que sostienen, entre otros principios, el medioambiente sano, en
el que recaba gran parte de la argumentación.
Dialoga, asimismo, sobre la construcción de instrumentos legales que en América
Latina han levantado plataformas de amparo: menciona que, si bien en las dos últimas décadas
del siglo pasado hubo modicaciones legales en torno a la protección de la Naturaleza, se hizo
en función del interés público y, en la actualidad, solo la Constitución del Ecuador la reconoce,
explícitamente, como sujeto de derechos, con fundamento en sus valores intrínsecos.
Una de las discusiones que más resoplos generan en la narrativa desarrollista es
desde la aparente contravía entre economía y Naturaleza, frente a lo que el autor sugiere que
el valor económico es apenas una forma de valoración entre otras; por ende, invita a que esos
valores esenciales, más allá del término monetario, se tomen con la exigente seriedad para
generar otro tipo de obligaciones desde la mirada biocéntrica.
Ante esto, critica que la devastación extractiva y otras formas de afectación a la
Naturaleza sean asociadas tan inclinadamente con el neoliberalismo, cuando hay gobiernos
progresistas que, si bien promulgan en sus discursos de campaña —salvo, en sus albores,
los gobiernos de Ecuador y Bolivia, desde el socorro constitucional— puntos signicativos de
protección de los derechos de la Naturaleza, sus prácticas resultan contradictorias y atienden
a la jación economicista, a lo que llama Progresismo marrón (Gudynas, 2016).
En esta misma línea, el capítulo «Ambiente y Naturaleza en la nueva constitución de
Ecuador» destaca que la ciudadanía haya aceptado un «nuevo contrato social» que incluye,
con equidad y sin ambages, a la Naturaleza como sujeto de derechos; situación de la que el país
sería el pionero y que se determina desde la noción kichwa del Sumak kawsay (Buen Vivir), que
Gudynas recomienda no politizar para que mantenga el pertinente encauzamiento, máxime
cuando se determina desde el principio milenario y transversalizado de la Pachamama, término
especicado como opción consecuente con las realidades andinas, pues el de Naturaleza, en
su denotación, carga la idea del colonialismo occidental.
En este aspecto, una de las críticas del autor estriba en que se piense en los derechos
de la Naturaleza desde los derechos de las personas, que mantiene la mirada extrínseca
y con aromas antropocéntricos; empero, ahondar apropiadamente en los derechos de lo
no-humano, en este caso, representa una genuina disposición biocéntrica (Gudynas, 2016),
como se menciona el quinto capítulo «La construcción del giro biocéntrico», cuando,
gracias a las gestiones del Ministerio de Ambiente del Ecuador, en 1999, se crea la Estrategia
Ambiental para el Desarrollo Sostenible del Ecuador (Gudynas, 2011), que le atribuye un valor
intrínseco a la vida.
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Para este reconocimiento, Gudynas dialoga sobre las semejanzas de las constituciones
de Ecuador y Bolivia desde estos tópicos, cuyas semejanzas principales son la transversalidad
del Buen Vivir y el Vivir Bien, respectivamente; sin embargo, en el caso ecuatoriano hay mayor
responsabilidad, en la legalidad y la práctica, en lo que concierne al biocentrismo.
Para comprender estas concepciones, el sexto capítulo, «Naturaleza, ecosistema
y Pachamama», dialoga sobre términos que son denitorios para calar las ideas del libro:
la Naturaleza, representación colonial; Sistema ecológicos —basándose en Tansler—, «el
entendimiento del sistema como ambiente» (Gudynas, 2016, p. 134), y al que más líneas
le incluye, Pachamama, que designa las relaciones con la Naturaleza, rompiendo las
perspectivas antropocéntricas, que reconoce, a su vez un concepto de comunidad más sólido,
en comparación con las referencias europeas, pues, en los casos andino y amazónico, integra
las relaciones de personas y entidades no-humanas (Gudynas, 2016).
Tras estas deniciones, apunta hacia un análisis de la política y gestión ambiental,
en el capítulo 7, en que critica los estudios basados en la relación costo-benecio, pues
estos, según él, son un mero tipo de indicadores; para lo que recomienda otras estrategias
de medir la economía, dentro del escenario ambiental (Gudynas, 2016); por ende, supone que
se trascienda el concepto de Capital natural al de Patrimonio natural. Esta necesidad exige
también un cerco más sólido en términos de representación legal y tutelaje (Gudynas, 2016).
En este sentido, considera imperante discernir las concepciones de restauración y
la de reparación, en que la rehabilitación ecológica y la necesidad de volver al estado original
de la Naturaleza enarbola un diálogo de envergadura en que el aparato legal está invitado
a participar responsablemente, pues es claro que el discurso y la acción se ven ataviadas
por las necesidades de la población, pues, ante situaciones de pobreza, las comunidades se
ven en la necesidad de ceder ante muchos de sus principios y acudir a las condiciones del
mercado (Gudynas, 2016).
Dicho esto, el capítulo 8, «Justicia ambiental y justicia ecológica», de la primera
dene las normas y la perspectiva ética, dentro de la que se suscriben las justicias correctiva,
la compensadora y la distributiva; de otro lado, la segunda reconoce a la Naturaleza desde sus
cualidades y valores intrínsecos y no desde el criterio de las necesidades humanas y, mucho
menos, del consumo y del mercado.
En esta denición, el capítulo siguiente, «Ciudadanías, derechos y ambiente» ofrece
un pertinente plano secuencial de la evolución del concepto de ciudadanía hasta recabar en la
consideración del medioambiente como punto denitorio en la semantización del concepto,
que pasaría a una relación más íntima con la vida y la Naturaleza, y no solo desde una mediación
de la globalización y la explotación. Un ejemplo de esto es la concepción de orestanía, como
sucede en la Amazonía brasileña con los caucheros, quienes han establecido un vínculo directo
con la selva a partir del cuidado responsable y agradecido; sin embargo, el autor es consciente
de la dicultad de calcar relaciones semejantes en otros escenarios.
Ante esto, los capítulos 10 y 11 dialogan sobre los peligros de las compensaciones
económicas a los efectos ambientales, pues no responden directamente al principio de
restauración, sobre todo en las prácticas extractivas, en que se rompe la armonía —utópica
para muchos—, entre el ambiente, la economía y la sociedad, principios que erigen lo que sería
el desarrollo sustentable; por ende, gradúa tres tipos de sustentabilidad: la débil, que indica
soluciones técnicas para las necesidades de reformar el ambiente; la fuerte, que integra otros
componentes cientícos, y la superfuerte, que vincula una idea de pluralidad, en que la noción
de Capital natural representa una valoración entre otras (Gudynas, 2016).
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de Eduardo Gudynas
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Esta integración del compromiso de la comunidad cientíca se incluye en la
penúltima sección, «Conservación: ética, ciencias y crisis», en que se sostiene postulados
que apuntan a una participación conjunta de las distintas disciplinas para construir una idea
abarcativa de conservación que no solo familiarice los ambientes con las personas; asimismo,
Gudynas plantea, en un tono quizá resignado, la inexorabilidad del daño a la Amazonía,
como efecto de la globalización y que se completa en el último capítulo, «Desafíos de una
nueva ética ambiental», en que, más allá de lo fortuito, haya una defensa más sólida de la
Naturaleza, no solo desde las comunidades afectadas in situ, sino de la humanidad entera,
con la responsabilidad que demanda el escenario actual, en que la vida se ha reducido a la
voracidad del consumismo. Ya no es una elección: es un mandato por la vida.
Referencias:
Gudynas, E. (2016). Derechos de la Naturaleza. Ética biocéntrica y políticas ambientales.
Ediciones Abya-Yala
Recibido:
31 de mayo de 2022
Aceptado:
04 de mayo de 2023
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